MÁS SOBRE EL PRÉSTAMO
por Lara


El tema se me ha ocurrido mirando una nota simple del Registro de la Propiedad, de un cliente mio. Así que he entrado en la web de Viriato para mirar más detenidamente la nota simple de los bienes de Neusa, publicada por la revista "Así son las cosas" el pasado Octubre.. y se me ha puesto la carne de gallina.

Antes que nada deciros que ese modelo de "nota simple" es el mismo para todos los Registros de la Propiedad de España.

Si os fijáis bien en la foto de la revista (la nota simple de la propiedad de Camí Real) al final de la página aparece la expresión "SIN CARGAS" Esto quiere decir que a fecha de septiembre del 2002 la casa no estaba gravada por hipoteca ni por otro tipo de cargas (embargos, usufructos, etc.) Y esta expresión "sin cargas" es lo último que aparece en una nota simple.

Si hubiera existido una hipoteca sobre la casa de Camí Real, ésta hubiera estado descrita en la nota simple, ocupando unas 3 o 4 páginas más (datos relativos al banco, pago, intereses, cargas, cancelación, etc.) antes de la expresión "SIN CARGAS". Aunque la hipoteca hubiera estado cancelada, la información subsiste para siempre en el Registro de la Propiedad.

Así que esa casa, la de Camí Real, jamás ha estado gravada por una hipoteca. Si la compró con un préstamo no fue un hipotecario, sino un préstamo normal al consumo. O eso o la pagó en efectivo...

Otro dato a favor de que ese piso no estuvo hipotecado es la fecha de compra y la fecha de registro del mismo. La fecha de compra es el 18/12/1991, y se registra el 10/04/92, casi 4 meses más tarde. Si se hubiera comprado esa vivienda con un présamo hipotecario, la fecha del registro no sería superior a un mes después de la compra. Los bancos llevan a rajatabla la legislación hipotecaria, y ésta no le da fuerza ejecutiva a la hipoteca como tal (presumiéndose una deuda normal) hasta que no está inscrita en el Registro de la Propiedad.

Y no creo que ningún banco se arriesgue a dar un hipotecario, con tipo de interés más bajo, para que luego sea considerado préstamo normal, pues en caso de impago no llevaría el procedimiento hipotecario (más rápido y seguro) sino el "normal", mucho más caro y farragoso.

Si comparáis la nota simple de Camí Real con la otra, la de la calle Calvario, os daréis cuenta de la diferencia. Esa casa la compró (según la revista) con un hipotecario de 20.000 €.

¿Y qué implicaciones tiene todo esto?

1.- Si la casa se compró con un préstamo normal, al consumo, el importe de la cuota hubiera sido de unas 90.000 Ptas. al mes. Dados los ingresos de Neusa, sólo se lo hubiera dado con un fuerte aval.
(Neusa podría decir que era para comprar una vivienda, y garantizar dicho préstamo con la futura compra, pero al no ser un préstamo hipotecario el banco no tiene ninguna garantía de que se utilice para lo que Neusa dijo. Así que lo más lógico es que le reclame un aval)

2.- En enero de 1993 saca el segundo préstamo de dos millones, por el que pagaba 72.000 Ptas. al mes. Si lo sumamos al anterior nos da una deuda mensual de unas 162.000 Ptas. mensuales.

3.- Según el banco de España, el nivel de endeudamiento "tolerable" por una familia corresponde aproximadamente a un 30% o un 40% de sus ingresos, computando todos los ingresos de todos los miembros de la familia. Este es el baremo que usan los bancos para dar o denegar los préstamos personales. Los ingresos de la familia Anglés suponían unas 165.000 Ptas. al mes (sueldo de Neusa más pensión de Enrique) Y la familia constaba de un mínimo de 4 miembros (Neusa, Enrique, Mauricio y Carlos, pues a los mayores de edad se les puede "obviar", como si no vivieran en la casa)
Con estos datos, Neusa tendría que haber demostrado a Bancaja que ganaba ¡¡¡ 450.000 Ptas. mensuales!!!

4.- Un banco (Bancaja) le concede dos préstamos al consumo, carísimos, a una señora que, en teoría, no va a poder pagarlos. Esto no lo hace ningún banco que esté en su sano juicio, ni aunque Neusa les hubiera jurado que ganaba mucho más dinero del que puede justificar documentalmente.
Ni con avales le hubieran dado unos préstamos que supondrían un endeudamiento familiar del 95%.

Para mi está más claro que el agua; esos préstamos se concedieron para "blanquear" dinero negro.

Neusa debió de depositar en una caja de seguridad, en Bancaja, un equivalente a unos 5 o 6 millones de pesetas, e inmediatamente le concedieron los préstamos (en dos tandas) al interés más caro del mercado y sin más trámites.

Con uno de ellos se compró el piso de Camí Real, y el otro sirvió para justificar que su hijo Antonio se fugó con dinero suficiente en el bolsillo...

Si pudieramos acceder a las cuentas de Neusa del año 92 y 93 creo que nos llevaríamos una sorpresa; el dinero de su "nómina" no llegaría por transferencia desde la empresa, sino como un "ingreso en efectivo" (prodecente de la caja de seguridad).

Ella cobraría su nómina también en efectivo, pero no la ingresaría en el banco, sino que se la quedaría en su casa.

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